Dpto. Nutrición Registrado : 2015-09-17 Mensajes : 878 | Emitido : 2016-04-08 10:23:13 "Citar" Hola: Mira el motivo de no poder disponer de la XTEVIA LIQUIDA EDULCORANTE (Ref. 2026), es que aunque desde el 2011 se encuentra autorizado en la Unión Europea el uso del edulcorante glucósido de Steviol (E 960), procedentes de Stevia rebaudiana, sin embargo, en lo que se refiere a la planta y hoja seca de Stevia rabaudiana, a fecha de hoy, se considera que no se ha confirmado el historial de consumo significativo de las hojas de Stevia rebaudiana, por lo que esta planta tiene consideración de nuevo alimento o nuevo ingrediente alimenticio que requiere autorización bajo el Reglamento de nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios, y para eso se considera que hasta la fecha no hay datos suficientes para demostrar que hay un consumo importante en Europa que permita evaluar su seguridad. Esta legislación es a nivel de la Unión Europea, por lo tanto, mientras no haya un cambio en el estatus de la planta y las hojas de Stevia rebaudiana o se autorice como nuevo alimento, España mantendrá el criterio acordado en la Unión Europea , y no permitirá la puesta en el mercado nacional de las hojas de stevia rebaudiana para ser consumidas como alimento, independientemente de que algunos Estados miembros puedan estar aplicando políticas mas flexibles en relación a este tema. Por lo tanto de momento solo se permite el uso de la planta y hojas de Stevia rebaudiana a las empresas que se dedican a la extracción de glucósido de Steviol de dichas hojas, que son los que le dan el dulzor a los edulcorantes basados en la Stevia, pero no tienen las propiedades tan beneficiosas que además le aporta los demás componentes de la hoja de la Stevia. Por eso no nos es posible seguir fabricándolo con las propiedades que nosotros desearíamos. Saludos cordiales Marcos LLoret |